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¿Se puede pedir cualquier información?
El derecho de acceso a la información está sujeto a ciertos límites que tienen como objetivo proteger otros bienes jurídicos que pueden quedar desprotegidos si se da la información. Es decir, los límites existen para proteger información que no debe ser pública porque, si lo fuera, podría dañar a una persona o al interés público.
Estos límites están tasados en la Ley y son los siguientes:
- La seguridad nacional.
- La defensa.
- Las relaciones exteriores.
- La seguridad pública.
- La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
- La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva.
- Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.
- Los intereses económicos y comerciales.
- La política económica y monetaria.
- El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial.
- La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión.
- La protección del medio ambiente.
¿Qué regula la Ley de Transparencia?
La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTBG) indica qué información debe hacer pública obligatoriamente las Administraciones Públicas, cómo puede solicitar un ciudadano información a las Administraciones Públicas y cuáles son las reglas de Buen Gobierno que deben respetar los responsables públicos.
¿Qué es el derecho de acceso a la información pública?
Es el derecho de acceso a acceder a información pública en los términos previstos en la Constitución artículo 105.b), entendiéndose como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su soporte o formato, que obren en poder de la administración y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
¿Qué es el acceso parcial?
En los casos en los que se solicite información en la que parte de la misma esté sometida a alguna causa de límite del derecho, se admitirá parcialmente la solicitud y se indicará al solicitante la información que ha sido omitida.
¿Qué puede hacer un ciudadano al que se le deniega información?
Puede presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, órgano independiente encargado de velar por el correcto cumplimiento de las disposiciones de la Ley.
¿Qué artículo de la LTBG hace referencia a la creación del portal de transparencia?
La creación del Portal de la Transparencia (PT) se recoge en el artículo 10 de la LTBG.
Artículo 10. Portal de la Transparencia.
- La Administración General del Estado desarrollará un Portal de la Transparencia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, que facilitará el acceso de los ciudadanos a toda la información a la que se refieren los artículos anteriores relativa a su ámbito de actuación.
Con las nuevas estructuras orgánicas de los departamentos ministeriales, en concreto el Real Decreto 863/2018, de 13 de julio, el Portal de la Transparencia pasa a depender del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a través de la Dirección General de Gobernanza Pública (Secretaría de Estado de Función Pública).
¿Qué son los indicadores INDIP 2015?
Los Índices de Transparencia que elabora y publica Transparencia Internacional España están exclusivamente dirigidos a medir el nivel de transparencia de las correspondientes instituciones públicas, y ello a través de la evaluación de los datos y la información que hacen pública en su página web en relación con los ochenta indicadores y áreas de transparencia de cada Índice, tal y como se explica de forma clara y detallada en la Metodología de cada uno de ellos.
En ningún caso estos Índices tratan de medir el nivel de corrupción o la conducta de personas que puedan pertenecer administrativamente o dirigir políticamente las citadas instituciones, personas de las que TI-España no tiene conocimiento ni relación personal alguna. La evaluación de los Índices de transparencia tiene un carácter, por tanto, institucional, y la valoración informativa se hace de cada una de las entidades públicas, las cuales para TI-España están lógicamente por encima de las personas que en cada momento tengan o hayan tenido vínculos de carácter político o administrativo con dichas instituciones.
Por otra parte, dado que las principales actividades de TI-España están dirigidas a evaluar a las instituciones públicas, ni se contempla ni se acepta la posible aportación, subvención o ayuda de ningún tipo que pudiera proceder de alguna institución u organismo público, siendo totalmente gratuita la elaboración y la publicación en internet de todo lo concerniente a estos Índices de transparencia.
¿Qué es el ITA 2017?
El Índice de Transparencia de los Ayuntamientos (ITA) constituye una herramienta para medir el nivel de transparencia ante los ciudadanos y la sociedad de los Ayuntamientos españoles. En esta sexta edición del ITA (2017), se evalúa la transparencia de los 110 mayores Ayuntamientos de España, y ello a través de un conjunto integrado de 80 indicadores.
Las seis Áreas de transparencia que se evalúan en el ITA son las siguientes: a) Transparencia activa e información sobre la corporación municipal; b) Página web, relaciones con los ciudadanos y la sociedad, y participación ciudadana; c) Transparencia económico-financiera; d) Transparencia en las contrataciones, convenios, subvenciones y costes de los servicios; e) Transparencia en materias de urbanismo, obras públicas y medioambiente; f) Derecho de acceso a la información. Con la aplicación de ese conjunto de 80 indicadores, cada Ayuntamiento obtiene una puntuación individual, de forma que surge un Ranking o Clasificación del nivel de transparencia de los 110 Ayuntamientos citados.
Otro objetivo del ITA, además de esta evaluación del nivel de transparencia, es fomentar la cultura informativa de las propios Ayuntamientos, ya que se les ofrece la posibilidad, durante un plazo determinado, de que incorporen en sus respectivas Webs la información solicitada por TI-España, lo cual contribuye, aparte de mejorar sus respectivas puntuaciones en el ITA, a lograr un aumento del nivel de la información útil e importante que estas corporaciones ofrecen a los ciudadanos y a la sociedad.
Aparte de la situación individual de cada entidad local, con el ITA se llegan a conocer, además, aquellos aspectos en los cuales los Ayuntamientos españoles, a un nivel conjunto, presentan mayores o menores niveles de transparencia, bien en cuanto a su información económico-financiera, a la información urbanística, etc.
A través del ITA se busca, en definitiva, propiciar un mayor acercamiento de los Ayuntamientos a los ciudadanos, fomentando el aumento de la información que éstos reciben de las corporaciones locales, tanto sobre la situación de los propios Ayuntamientos, como sobre las actividades que realizan, y también sobre las prestaciones y servicios a los que pueden acceder los propios ciudadanos.
¿Qué son los datasets?
Un dataset es una colección de datos habitualmente tabulada.
En general, y en su versión más simple, un conjunto de datos corresponde a los contenidos de una única tabla de base de datos o una única matriz de datos estadística, donde cada columna de la tabla representa una variable en particular, y cada fila representa a un miembro determinado del conjunto de datos en cuestión.
Un conjunto de datos contiene los valores para cada una de las variables, como por ejemplo la altura y el peso de un objeto, que corresponden a cada miembro del conjunto de datos. Cada uno de estos valores se conoce con el nombre de dato. El conjunto de datos puede incluir datos para uno o más miembros en función de su número de filas.
Conjuntos de datos tan grandes que aplicaciones tradicionales de procesamiento de datos no los pueden tratar se llaman big data
¿Qué regula la Ley de Transparencia?
La LTBG prevé qué información deben publicar las administraciones públicas para conocimiento de los ciudadanos, cómo pueden pedir los ciudadanos información a las administraciones y cuáles son las reglas de buen gobierno que deben respetar los responsables públicos.
¿Qué es el Portal de Transparencia del Consejo Insular de Mallorca?
Es la plataforma por la que se podrá acceder a la información pública del Consejo Insular de Mallorca. También contendrá la información que los ciudadanos con mayor frecuencia soliciten en ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
¿Qué contiene este portal?
El portal, de acuerdo con lo dispuesto por la LTBG, tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos.
¿Qué es la publicidad activa?
Es un conjunto de información, agrupada en las categorías definidas en la LTBG, que las administraciones públicas deberán publicar de forma periódica y actualizada para garantizar la transparencia de su actividad.
En el Portal de la Transparencia del Consejo Insular de Mallorca se facilita el acceso de los ciudadanos a toda la información institucional, organizativa, de planificación, de relevancia jurídica, económica, presupuestaria y estadística prevista en la LTBG.
¿Qué información se publica en el portal?
La LTBG regula la publicación de las siguientes categorías de información en lo que se conoce como Publicidad Activa.
Información organizativa
Incluye las funciones que se desarrollan en los organismos, la normativa de aplicación, los planes y programas anuales y los objetivos, grado de cumplimiento y resultados.
Información de relevancia jurídica
Incluye las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares, respuestas a consultas (que supongan una interpretación del Derecho o produzcan efectos jurídicos) y los documentos que deban ser sometidos a información pública.
Información de contenido económico
Incluye los contratos, convenios y encomiendas de gestión, retribuciones de altos cargos, subvenciones y ayudas públicas, presupuestos, cuentas anuales, informes de auditoría de cuentas y de fiscalización y bienes muebles e inmuebles.
¿Existe alguna restricción a la publicación de la información?
Puede que la información no pueda publicarse porque afecte a cuestiones sensibles, tales como la seguridad nacional, la defensa o la protección de datos personales. En estos casos, deberá comprobarse si, verdaderamente, la publicación afecta a los límites que la LTBG prevé o, para el caso de los datos personales, si éstos pueden eliminarse del documento que se publique.
¿Qué ocurre si no encuentro información en el portal de transparencia?
En principio, la información más relevante para el ciudadano y de frecuente acceso estará disponible en el portal de manera accesible, reutilizable e interoperable, bajo formatos de datos abiertos. Si el interesado necesita más información o necesita más detalle, entonces podrá acceder al servicio de solicitud de información pública, a través de la Sede Electrónica del Consell Insular de Mallorca, el cuál es un derecho regulado por la LTBG.
¿Qué ocurre si no se cumple con las obligaciones de transparencia?
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno velará por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley y el incumplimiento podrá dar lugar a procedimientos disciplinarios.
¿Qué es el derecho a la información pública?
Es el derecho de acceso a acceder a información pública en los términos previstos en la Constitución artículo 105.b), entendiéndose como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su soporte o formato, que obren en poder de la administración y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
¿Cómo se aplican los límites?
El órgano al que se le solicita una información cuya publicación considera que puede perjudicar a alguno de los límites deberá valorar si, efectivamente, se produce un daño si se provee esa información.
¿Cómo debe procederse en relación a la protección de datos personales?
Si la información solicitada contuviera datos especialmente protegidos, el acceso únicamente se podrá autorizar en caso de que se contase con el consentimiento expreso y por escrito del afectado.
¿Qué es el acceso parcial?
En los casos en los que se solicite información en la que parte de la misma esté sometida a alguna causa de límite del derecho, se admitirá parcialmente la solicitud y se indicará al solicitante la información que ha sido omitida.
¿En qué casos no procede utilizar este procedimiento?
En aquellos casos o materias para los que exista un régimen jurídico específico de acceso (apartados 2 y 3 de la disposición adicional primera de la LTBG). Es el caso, por ejemplo, de las solicitudes de acceso a información pública medioambiental, en cuyo supuesto se aplicaría la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
Cuando se quiera acceder a un contenido o documento de un procedimiento administrativo en el que el solicitante tenga la condición de interesado. En tales casos, y de acuerdo con lo que establece el apartado 1 de la disposición adicional primera de la LTBG, no se aplicará el procedimiento que contempla esta ley sino la normativa reguladora del correspondiente procedimiento administrativo.
Para sugerencias y reclamaciones, para cuyo fin existe otro cauce y procedimiento en el Consejo Insular de Mallorca.
Para consultas jurídicas o solicitar interpretaciones sobre la aplicación de normativa local. Este tipo de peticiones generarían una información pública nueva y, por tanto, no existente a la fecha de la solicitud.